• Revisión del Estudio de Seguridad y Salud: según los términos establecidos en el Real Decreto 1627/97 sobre condiciones mínimas de seguridad en obras de construcción e instalaciones.
  • Aprobación del Plan de Seguridad y Salud: presentado por el contratista que lleva a cabo la obra.
  • Coordinador de seguridad: El coordinador designado por Burotec obtendrá el libro de incidencias de su colegio profesional, facilitará el acta de designación al promotor para su firma, así como la aprobación del plan de seguridad elaborado por el contratista.
  • Visita a obra junto a dirección facultativa para dirigir la coordinación de seguridad y el cumplimento de la normativa legal.
  • También realizará las tareas establecidas en el Real Decreto 1627/1 997.

 

Para más información, puede contactar con nosotros en el teléfono de atención al cliente 902 105 191 o en info@burotec.es y pedir información sin compromiso. Estamos a su disposición para ayudar

COORDINACIÓN DE SEGURIDAD EN OBRAS (RD 1627/97)

 

COORDINACIÓN DE SEGURIDAD EN OBRAS (RD 1627/97)

 

Coordinación de seguridad en obras (RD 1627/97)

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