Mezclas químicas peligrosas

Los Reglamento REACH y CLP, amplían el número de productos que deben ser notificados al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF) y establece la obligatoriedad de notificar todas las mezclas químicas, que resulten clasificadas como peligrosas según el Reglamento (CE) nº 1272/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de diciembre de 2008 (Reglamento CLP).

Las empresas comercializadoras (responsables de la puesta en el mercado) tienen la obligación de notificar al Servicio de Información Toxicológica (SIT), como centro antitóxico español, antes de que el producto se empiece a comercializar en el Estado Español.

Burotec realiza por usted, todos los trámites necesarios para dicha notificación al SIT, así como la redacción de las fichas de seguridad y toxicológicas.

Si desea más información, no dude en contactar con nosotros en el teléfono de atención al cliente +34 91 3768950 o en inspection@burotec.es

 

REGISTRO MEZCLAS QUÍMICAS PELIGROSAS

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